"EL PRINCIPIO REGULADOR DEL CULTO
CRISTIANO"
– MARTIN
SCHARENBERG –
En el presente
trabajo, hemos querido redescubrir la relevancia y vigencia que tiene el Principio Regulador del Culto Cristiano (PRCC) para el establecimiento del verdadero culto a Dios.
A través del
mismo creemos haber mostrado en forma clara que la comprensión de este tema
fluye naturalmente a través de cinco doctrinas teológicas de fundamental
importancia:
1. La doctrina reformada de Sola
Scriptura, pues la revelación escrita de Dios debe ser nuestra única regla de
fe y práctica.
2. La doctrina de Dios en relación al
hombre, pues la grandeza de Dios nos mueve a adorarle y postrarnos a su
voluntad perfecta.
3. La doctrina de la iglesia, pues la
iglesia debe administrar la verdad de Dios, pero no debe obligar las
conciencias de sus miembros.
4. La doctrina de la soberanía de Dios,
pues él es el único que puede establecer cómo quiere ser adorado.
5. La doctrina del hombre y el pecado,
pues el hombre ha sido corrompido de tal manera que no busca a Dios, sino que tiende
siempre al pecado.
Juan Calvino
nos regaló la hermosa realidad de un Dios que vive y late entre su pueblo, cuyo
conocimiento profundo según él mismo ha querido revelarse, nos invita
diariamente a postrarnos en amorosa adoración, motivados únicamente por quién
es y qué ha hecho (origen de nuestra salvación). Esta es la base fundamental por la que la iglesia cristiana ha logrado
permanecer y mantener su verdad a través de los siglos.
Los puritanos
confirmaron la enseñanza apostólica redescubierta por Calvino, y se esforzaron
por establecer un consenso y uniformidad en la adoración, sobre la bases de la
Palabra de Dios. Exploraron los elementos, las circunstancias y las formas. En
reglas generales lograron su propósito, aunque en algunas instancias pueden
haber resultado más específicos que lo que el texto bíblico demanda.
La mayoría de
los pensadores reformados, especialmente los puritanos, afirmaron la
importancia de garantizar la libertad de conciencia de los creyentes, ya que
nadie puede arrogarse el derecho, salvo Dios mismo, de obligar la conciencia
del hombre. Las afrentas a la conciencia individual que proceden de un culto a
Dios corrupto e indebido, son uno de los flagelos más tristes e injustos que
vemos entre nuestras iglesias contemporáneas.
La simplicidad
y el respeto reverencial en el culto a Dios se origina a partir del verdadero
conocimiento de Dios. El desconocimiento de Dios únicamente produce
autosuficiencia, altanería y división en su iglesia. (CAPÍTULO 12)